informe 2

Rehabilitación

EL GOBIERNO COLOMBIANO, con su Constitución declara los siguientes deberes que  protegen al menor de edad

“Nuestro sistema de justicia frente a la delincuencia juvenil está dividido en dos sistemas que son el INFRACTOR y el CONTRAVENTOR, siendo éste un método muy flexible para tratar esta problemática. La mayoría de los jóvenes antes de entrar en la delincuencia están plenamente documentados de su situación legal y el temor por esa parte ha desaparecido en una gran mayoría de la población juvenil, conscientes de que al cometer un delito, la ley los protege de la sociedad mas no los hace responsables

 

-LEY Numero 10 98 -8 de noviembre  2016

Ley numero 16 16 21 de enero del 2013

"POR MEDIO DE lA CUAL SE EXPIDE  lA  LEY  DE SALUD MENTAL Y SE

DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

-EL CONSUMO DE DROGAS EN LA SENTENCIA N°  C-221/94 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA: UN CASO TRÁGICO

- Código del derecho del niño y adolecente

 

 

 

 

SI USTED TUVIERA UNA FERRETERIA , LE VENDERIA PEGANTE A UN MENOR DE EDAD DROGADICTO?

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